¿Cuánto se paga por heredar en Andalucía?

Es la primera pregunta que se hace casi todo el mundo al heredar: "¿esto me va a costar una fortuna en impuestos?". La respuesta corta es que en Andalucía, si heredas de un familiar directo, probablemente pagues mucho menos de lo que temes. Pero conviene entender por qué, porque hay matices que marcan una diferencia enorme.

El impuesto que importa: el de Sucesiones

Cuando heredas, el impuesto principal es el Impuesto de Sucesiones. Es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, lo que significa que lo que pagues depende de dónde viviera el fallecido, no de dónde estén los bienes ni de dónde vivas tú. Si tu familiar residía en Andalucía, se aplica la normativa andaluza, que es de las más favorables de España.

Un detalle clave: el impuesto lo paga cada heredero por separado, según lo que le corresponde y su parentesco. Dos personas que heredan lo mismo pueden acabar pagando cantidades distintas.

Si heredas de padres, cónyuge o hijos: la gran ventaja andaluza

Aquí está la mejor noticia. Si eres hijo, cónyuge, nieto o padre del fallecido (lo que la ley llama Grupos I y II), en Andalucía tienes:

En la práctica, esto significa que la inmensa mayoría de las herencias entre familiares directos en Andalucía pagan cero o casi cero de Impuesto de Sucesiones.

Un ejemplo real para que se entienda: un hijo hereda el piso familiar valorado en 250.000 € y una cuenta con 40.000 €. Su base es de 290.000 €. Como la reducción por parentesco llega hasta 1.000.000 €, la base queda en cero. Resultado: 0 € a pagar.

A esto se suma, si heredas la vivienda habitual del fallecido, una reducción adicional especialmente generosa en Andalucía (de las mejores de España).

El aviso importante: hermanos, sobrinos y tíos pagan distinto

Aquí es donde mucha gente se lleva un susto, y por eso conviene decirlo claro: la bonificación del 99% es solo para los Grupos I y II (familia directa). Si heredas de un hermano, un tío o una tía (Grupo III), o de parientes más lejanos o sin parentesco (Grupo IV), la cosa cambia bastante.

Los hermanos, sobrinos y tíos tienen una reducción menor (hasta 250.000 €) y, sobre todo, no tienen la bonificación del 99%: la cuota tributa según la tarifa estatal, con un coeficiente que la incrementa. Esto significa que una herencia entre hermanos de cierto valor sí puede generar un impuesto considerable. Es uno de los casos donde más conviene asesorarse bien para aplicar todas las reducciones posibles.

Cuidado con el "salto" del millón de euros

Otro matiz que sorprende: la bonificación andaluza tiene un límite en 1.000.000 € por heredero. Por debajo de esa cifra, prácticamente no se paga. Pero si tu parte supera el millón, el exceso tributa según la tarifa estatal sin la bonificación, lo que puede suponer un salto importante. En herencias de alto valor, planificar bien es decisivo.

No te olvides de la plusvalía municipal

Además del Impuesto de Sucesiones, al heredar una vivienda hay un segundo impuesto: la plusvalía municipal (el impuesto del ayuntamiento sobre el incremento de valor del terreno). Es independiente del de Sucesiones y se paga aparte. Su importe depende del municipio y de los años transcurridos.

Y aunque salga a cero… hay que presentarlo

Este es el error que más caro sale: aunque tu herencia salga a pagar cero euros, estás obligado a presentar el impuesto dentro de plazo (seis meses desde el fallecimiento). Si no se presenta a tiempo, Hacienda aplica recargos aunque la cuota fuera cero, porque la sanción es por no declarar en plazo, no por el importe. Mucha gente cree que "como no pago, no hago nada", y ahí es donde llegan los problemas.

En resumen

Heredar en Andalucía de un familiar directo no suele ser caro en impuestos, pero sí tiene trampas formales (presentar aunque salga cero, los plazos, el caso especial de hermanos y sobrinos, el salto del millón). Calcular bien, aplicar todas las reducciones y presentar en plazo es lo que marca la diferencia entre una herencia tranquila y un disgusto con Hacienda.

En KONTEK nos encargamos de todo esto: calculamos tu caso, aplicamos las reducciones que te corresponden, presentamos los impuestos en plazo y, si vas a vender el inmueble, gestionamos también la venta. Un solo interlocutor para toda la herencia.

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